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Os presentamos el calendario fiscal de Andorra 2022

Resum

[et_pb_section fb_built=»1″ _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»][et_pb_row _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»][et_pb_column type=»4_4″ _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»][et_pb_image src=»https://www.assessors-associats.com/wp-content/uploads/2022/02/assessors-blog-2000-×-1000-px.png» title_text=»asesores blog (2000 × 1000 px)» _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default» hover_enabled=»0″ sticky_enabled=»0″][/et_pb_image][/et_pb_column][/et_pb_row][et_pb_row _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»][et_pb_column type=»4_4″ _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»][et_pb_text _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default»]Os presentamos el calendario fiscal de Andorra 2022 Dejamos a vuestra disposición calendario fiscal de Andorra 2022.Si eres un profesional, tenso una sociedad o eres particular, aquí podrás consultar los impuestos y plazos para hacer las declaraciones y los pagos correspondientes.Os dejamos un pequeño resumen de cada impuesto, sus plazos y fechas de presentación. IMPUESTOS DIRECTOS Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) ¿Qué es el IRPF? Es un impuesto que graba las rentas obtenidas por las personas físicas, que residan en el territorio de Andorra. ¿Quién está obligado a presentarlo?
  • Las personas físicas, residentes en Andorra, en los siguientes casos:
  • Si obtienen rentas de actividades económicasSi las rentas del capital mobiliario y/o rentas del trabajo son iguales o superiores a 24.000 €
  • Si las rentas obtenidas del capital mobiliario no han sido retenidas y superan los 3.000 €
  • Si se obtienen ganancias y pérdidas de capital
¿Qué importe puede llegar a pagarse? El importe a pagar es del 5% entre 24.000 € y 40.000 €, y del 10% a partir de los 40.000 €. ¿Qué rentas están sujetas al IRPF?
  • Las rentas grabadas por el IRPF se califican y cuantifican de acuerdo con su origen y naturaleza.
  • Rentas del trabajo
    • Todas las contraprestaciones derivadas de una relación laboral (ej. sueldos y salarios).
  • Rentas del capital inmobiliario
    • Rentas que se deriven de la explotación de bienes inmuebles o de derechos sobre estos bienes (ej.: alquiler de inmuebles).
  • Rentas de actividades económicas
    • Rentas que se deriven de actividades empresariales o profesionales y de las funciones propias de administradores.
  • Rentas del capital mobiliario
    • Rentas que se deriven, entre otras, de la participación en fondos propios de entidades (ej.: dividendos), de la cesión a terceros de capitales propios (ej.: intereses), operaciones de capitalización y seguros de vida o invalidez.
  • Ganancias y pérdidas de capital
    • Rendimientos derivados de la alteración de su composición patrimonial. Quedan fuera del ámbito de aplicación del IRPF las adquisiciones a título gratuito (herencias, donaciones), así como las rentas derivadas de las transmisiones de bienes inmuebles que queden grabadas por el impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias reportado en Andorra (excepto cuando esta renta tenga la consideración de rendimiento de actividad económica).
A continuación te detallamos los momentos clave del IRPF: De abril a septiembre: periodo de declaración y liquidación del ejercicio anterior Todo el año: solicitud del régimen de determinación objetiva el ejercicio siguiente. Impuesto sobre sociedades (IS) ¿Qué es el impuesto sobre sociedades? Es un tributo que graba la renta de las personas jurídicas. ¿Qué importe tiene que pagarse? Es un importe fijo del 10% aunque existen bonificaciones. ¿Cuando tiene que presentarse? El mes natural siguiente a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Es decir, si el periodo impositivo finaliza en diciembre, el Impuesto sobre sociedades tiene que presentarse en julio del año siguiente. A continuación te pasamos un calendario modelo en el supuesto de que el periodo impositivo finalizara el 31 de diciembre del año anterior: Julio: Periodo de liquidación y pago de los ejercicios acabados el 31 de diciembre del año anterior Septiembre: Pago por anticipado Impuesto sobre la renta de los no residentes (IRNR) ¿Qué es lo IRNR? Es un impuesto que se aplica a las personas o empresas que no residen en Andorra, pero que obtienen algún beneficio económico. ¿Quién lo paga? Aquellas personas o empresas que han prestado algún servicio en Andorra ¿Qué importe? El impuesto general a pagar es de un 10%, aunque existen variaciones en función de los conceptos a pagar. ¿Cuando se paga? Al inicio de cada trimestre, pero te detallamos las fechas en función de si los residentes tienen establecimiento permanente o no: Abril, julio, octubre y enero: Liquidación del trimestre anterior de los No residentes sin establecimiento permanente. Abril, julio, octubre y enero: Liquidación del trimestre anterior de retenciones e ingresos por anticipado de los responsables fiscales. Julio: Liquidación del periodo impositivo finalizado el 31 de diciembre del año anterior para los no residentes con establecimiento permanente. Septiembre: Pago por anticipado para los no residentes con establecimiento permanente IMPUESTOS INDIRECTOS Impuesto sobre la prestación de Servicio de aseguradoras (ISI Seguros) De enero a abril: periodo de declaración y liquidación tributaria anual. Marzo, junio, septiembre y diciembre: Liquidación y pago por anticipado del trimestre anterior. Impuesto General Indirecto (IGI) ¿Qué es el IGI? El IGI graba las entregas de bienes y servicios efectuados en territorio andorrano por parte de las empresas y profesionales al consumidor final. ¿Cuando se realiza la liquidación? Va en función de la facturación de la empresa, pero te detallamos el calendario en función de los ingresos de cada sociedad: Durante todo el año: Se puede solicitar el régimen especial simplificado para el ejercicio siguiente. Durante todo el año: se puede hacer la solicitud de petición para ser considerado empresario o profesional para el ejercicio siguiente. Julio y enero: Liquidación semestral para aquellas empresas que hayan facturado menos de 250.000 € en el ejercicio anterior. Abril, julio, octubre y enero: Liquidación trimestral para aquellas empresas que hayan facturado entre 250.000 € y 3.600.000 € en el ejercicio anterior. Cada mes. Liquidación mensual para aquellas empresas que hayan facturado más de 3.600.000 €. Julio y enero: liquidación semestral para aquellas empresas que tengan el régimen simplificado. Enero: Declaración y regularización del año anterior (solo régimen especial sector Financiero) Impuesto sobre actividades de juegos de azar Enero: Autoliquidación final para licencias superiores en un año de antigüedad. Abril, julio, octubre y enero: Pago por anticipado del trimestre anterior para aquellas licencias superiores en un año de antigüedad. IMPUESTOS COMUNALES Comú de Encamp Enero y mayo: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada fraccionado en dos pagos. Del 1 de enero al 30 de marzo: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios. Del 1 al 15 de junio: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales. Comú de Ordino Del 1 de abril al 5 de mayo: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada. Del 3 de febrero al 1 de abril: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios. Del 11 de octubre al 15 de noviembre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales. Comú de la Massana Juliol: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada. Mayo: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios. Septiembre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales. Comú de Andorra la Vella Abril: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada Mayo: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios Octubre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales Comú de San Julià de Lòria Octubre: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada Noviembre: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios Julio y diciembre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales fraccionado en dos pagos. Comú de Escaldes-Engordany Julio: Impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria edificada. Junio: Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios. Junio y septiembre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales. Comú de Canillo Del 17 de agosto al 16 de septiembre: Impuesto sobre la radicación de actividades Comerciales, empresariales y profesionales A Grup DPS tenemos una amplia experiencia en el sector fiscal. Si tienes dudas o necesitas un asesor para gestionar las declaraciones o los pagos de impuestos, puedes pedir cita aquí.[/et_pb_text][et_pb_image src=»https://www.assessors-associats.com/wp-content/uploads/2022/02/CALENDARI-FISCAL-ANDORRA-2021.jpg» _builder_version=»4.7.7″ _module_preset=»default» title_text=»CALENDARIO FISCAL ANDORRA 2021″ hover_enabled=»0″ sticky_enabled=»0″][/et_pb_image][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

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